Micelio
Auto21 de marzo de 2014

A- de 2014

Ponente Jorge Iván Palacio Palacio

Demandante Sala De Seguimiento·Demandado Sin Información

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Seguimiento Sentencia De La Corte Constitucional En Materia De Derecho A La Salud Y A La Vida
  • Ordenar al Registrador Nacional del Estado Civil remitir reporte sobre datos concernientes al estado de cedulación o identificación del total de la población colombia
  • Orden al director del Departamento Administrativo Nacional de Estadística-DANE-informar sobre el total de la población colombiana
Sentencia De La Corte Constitucional En Materia De Derechos A La Salud Y A La Vida
  • Seguimiento a la orden vigésima novena de la Sentencia T-760 de 2008
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto se ordena al Departamento Administrativo Nacional de Estadística –DANE- y a la Registraduría Nacional del Estado Civil, suministrar una información a la Sala de Seguimiento, requerida para constatar el estado actual de la afiliación de los habitantes del territorio nacional.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. Ordenar al senor Director del Departamento Administrativo Nacional de Estadistica -DANE- que, dentro de los diez (10) dias siguientes a la notificacion del presente auto, informe a esta Sala, lo indicado en el numeral 2 de la parte considerativa de esta providencia.
  2. Segundo. Ordenar al senor Registrador Nacional del Estado Civil que, dentro de los diez (10) dias siguientes a la notificacion del presente auto, remita el reporte de que trata el considerando num. 4 de este proveido.
  3. Tercero. El Departamento Administrativo Nacional de Estadistica y la Registraduria Nacional del Estado Civil atenderan la advertencia contenida en la consideracion num. 5 de este auto.
  4. A traves de la Secretaria General de esta Corporacion, librense las comunicaciones correspondientes, adjuntando copia de esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.